Jorge Kramm Asenjo
Jefe Servicio Cirugía Indiferenciada

Nombre Jorge Kramm Asenjo
Cargo Jefe Servicio Cirugía Indiferenciada
Profesión Médico
Funciones

– Programar y coordinar la gestión de atención de paciente de acuerdo con estándares de calidad y protocolos.

– Dirige y monitorea por la eficiente organización y funcionamiento del Servicio de Cirugía Indiferenciada de acuerdo a las normas generales del establecimiento.

– Supervisa los procesos clínicos realizando trazabilidad de procesos, identificando nodos críticos y propone soluciones en el quehacer diario.

– Vela por el cumplimiento y actualización de guías, protocolos de calidad y seguridad del paciente y vigilancia IAAS.

– Verifica la coordinación con los servicios clínicos, unidades de apoyo y diagnóstico para el adecuado manejo de patologías según norma técnicas.

– Realizar reuniones clínico/técnico-administrativo con los equipos específicos e informa gestión de incorporación de nuevas tecnologías de equipamiento, infraestructura e informáticas.

– Participar en la confección de diversos proyectos del Servicio de Cirugía Indiferenciada.

– Revisa, analiza y difunde las políticas, normas e instrucciones, que impartan las autoridades sanitarias principalmente a nivel de SSÑ y MINSAL.

– Gestiona el recurso humano del estamento médico, profesional y administrativo, asegurando la continuidad de la atención de los usuarios de la SDGyDP.

– Realiza evaluación de desempeño, calificación, visa feriados legales, permisos administrativos y licencias médicas de funcionarios a cargo.

– Coordinación y comunicación expedita con Enfermera(o) Supervisora(or).

– Velar por que la docencia e investigación se realice conforme al marco regulatorio vigente.

– Promover la existencia de un adecuado clima laboral y velar por los valores de Compromiso, Excelencia y Respeto que rige al Servicio.

Resolución
Organizacional
Res. Exenta N° 7690 fecha 14/07/2017 VER_RESOLUCIÓN

Res. Exenta N° 4420 fecha 26/08/2013 VER_RESOLUCIÓN

Res. Exenta N° 3849 fecha 08/08/2012 VER_RESOLUCIÓN

Res. Exenta N° 1187 fecha 03/03/2010 VER_RESOLUCIÓN
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